FRAUDE DE LOS EMPRESARIOS
Es una guía de lectura
Para su conocimiento profesional
Por: 0. Greco
Fraude: acto de simulación con la intención de engañar o perjudicar a otro. Se incurre en fraude cuando intencionalmente se actúa de mala fe con el objeto de eludir una obligación o de obtener una ganancia.
Fraudes de los empresarios:
Dentro de los frecuentes o más comunes podemos mencionar:
1. Cuando el responsable por deuda propia o ajena mediante doble contabilidad, o declaraciones, liquidaciones, registraciones contables o balances engañosos o falsos, o la no emisión de facturas o documentos equivalentes, cuando hubiere obligación de hacerlo o efectuando facturaciones o valuaciones en exceso, o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño, ocultare, modificare, disimulare o no revelare, la real situación económica o patrimonial, con el objeto de dificultar o impedir la fiscalización o la percepción de tributos siempre que pueda importar un perjuicio patrimonial al fisco.
2. Cuando evadiere total o parcialmente el pago de tributos o aprovechare indebidamente beneficios fiscales y siempre que durante un ejercicio o perído fiscal hubiere evadido.
3. Cuando mediante declaraciones juradas engañosas o falsas, registraciones contables o balances inexactos , presentación de liquidaciones que no correspondan a la totalidad del personal que presta servicios en relación de dependencia, o que no revelen el verdadero monto de las remuneraciones que efectivamente se pagan, o mediante cualquier otro ardid o engaño evadiere total o parcialmente el pago de los aportes o contribuciones a que estuviere obligado con los organismos nacionales de seguridad social, considerándose incluidos los que corresponden al régimen nacional de previsión social, asignaciones familiares, obras sociales, o fondos especiales, cuyo descuento esté legalmente autorizado, incluidos los convenios de corresponsabilidad general.
4. Cuando con el objeto de obtener exenciones o desgravaciones impositivas o reintegros, devoluciones de impuestos o subsidios de cualquier naturaleza, simulare la existencia de inversiones o se valiere fraudulentamente de regímenes de promoción.
5. Cuando no se inscribiese al ente ante los organismos de control pertinentes, estando obligado hacerlo por las disposiciones vigentes o no presentare las declaraciones juradas correspondientes.
6. Cuando se omitiere actuar como agente de retención o percepción.
7. Cuando se efectúen facturaciones o valuaciones en exceso o en defecto en materia de importación o exportación, cuyo fin sea percibir beneficios o exenciones tributarias.
miércoles, 21 de mayo de 2008
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